Se busca garantizar y proteger el derecho a la gestión comunitaria del agua en Colombia, reconociendo legalmente a las comunidades organizadas que prestan este servicio, como los acueductos comunitarios. Propone crear un marco jurídico que permita su relacionamiento con el Estado, respalde su labor y asegure la sostenibilidad ambiental del recurso hídrico, especialmente en las zonas rurales donde estas formas de gestión son fundamentales para el acceso al agua.
¿Qué propone el proyecto? Proteger el derecho a la gestión comunitaria del agua y establecer un marco legal que reconozca y respalde a las comunidades organizadas que la administran, como los acueductos comunitarios y las juntas del agua.
¿Por qué es importante? Reconoce y fortalece el papel esencial que cumplen las comunidades en la gestión del agua, especialmente en zonas rurales donde el Estado no garantiza el acceso. Además, protege el derecho fundamental al agua, promueve la sostenibilidad ambiental, y crea un marco legal que respalda, regula y articula estas iniciativas comunitarias con las políticas públicas, asegurando así un acceso más justo, seguro y equitativo al agua para miles de personas.
¿Qué más debes saber? Promueve la participación comunitaria, el diálogo con el Estado y la sostenibilidad ambiental. Además, surge de un proceso participativo impulsado desde las comunidades organizadas, articuladas en espacios como la Mesa de Gestión Comunitaria del Agua y el Saneamiento. Esta ley no solo busca regular, sino también proteger y fortalecer experiencias que ya existen y que han garantizado el derecho al agua en gran parte del país.
Radicado
No. de proyecto en Senado: 003/24
Autores
H.S. Isabel Cristina Zuleta, Catalina Pérez Giraldo, Édgar Díaz Contreras, Carlos Alberto Benavides Mora, Gloría Flórez Schneider, Ferney Silva Idrobo, Gustavo Moreno Hurtado, Esmeralda Hernández Silva, Sandra Ramírez Lobo, Antonio Correa Jiménez, Pedro Flórez Porras, Sandra Jaimes Cruz, Alejandro Carlos Chacón, José David Name, Didier Lobo Chinchilla, Martha Peralta Epieyú, Jael Quiroga Carrillo, Clara López Obregón, H.R. Eduard Sarmiento Hidalgo, Andrés Cancimance López, Gabriel Parrado Durán, Alejandro Ocampo Giraldo.