Este proyecto de ley estatutaria busca reformar y actualizar el Estatuto de Ciudadanía Juvenil (Ley 1622 de 2013, modificada por la Ley 1885 de 2018), con el fin de fortalecer las garantías de participación juvenil, promover el ejercicio efectivo de sus derechos, y fomentar políticas públicas inclusivas que reconozcan la diversidad de los y las jóvenes en Colombia.
¿Qué se propone? Se propone modificar el marco normativo existente para corregir vacíos detectados en el funcionamiento del Subsistema de Participación Juvenil, como problemas en los procesos de elección, reconocimiento y posesión de consejeros, falta de garantías para la participación de jóvenes diversos, y ausencia de estímulos. Además, se pretende establecer mecanismos más claros, equitativos y representativos para la participación juvenil.
¿Por qué es importante? Es clave porque el Estatuto de Ciudadanía Juvenil es la herramienta principal del país para garantizar los derechos de las y los jóvenes, promover su inclusión en la vida pública y darles una voz activa en la toma de decisiones. Su actualización es necesaria para responder a las necesidades actuales de una juventud diversa, que ha demostrado ser protagonista en los procesos de cambio social y político, especialmente desde las protestas del 2021.
¿Qué más debo saber? Este nuevo proyecto es el resultado de un proceso participativo liderado por la Comisión Accidental de Juventud de la Cámara de Representantes, luego del fracaso de una reforma anterior. El proyecto fue radicado con respaldo multipartidista el 30 de julio de 2024 en el Senado. La reforma busca hacer efectivos los derechos reconocidos por la Constitución y los tratados internacionales, con enfoque de inclusión territorial, étnica, de género, discapacidad y orientación sexual diversa.
Radicado
No. de proyecto en Senado: 003/24
Autores
H.R. Alejandro García Ríos, Jennifer Pedraza Sandoval, Leyla Marleny Rincón Trujillo, Wilmer Castellanos Hernández, Carolina Giraldo Botero, Erick Velasco Burbano, Eduard Sarmiento Hidalgo, Cristian Danilo Avendaño Fino, Duvalier Sánchez Arango, Ingrid Marlen Sogamoso Alfonso, Andrés Cancimance López, Hernando González, Daniel Carvalho Mejía, Marelen Castillo Torres, Erika Tatiana Sánchez Pinto, Camilo Londoño Barrera, Diego Fernando Caicedo Navas, Carmen Ramírez Boscan, Alexandra Vásquez Ochoa, Leonel Rueda Caballero, Jorge Hernán Bastidas Rosero, Heráclito Landinez Suárez, Gabriel Becerra Yañez, Juan Sebastián Gómez, Carlos Ardila Espinosa, Catherine Juvinao Clavijo, Juan Carlos Lozada Vargas, Jaime Raúl Salamanca Torres, Juan Manuel Cortés Dueñas, Martha Alfonso Jurado, Santiago Osorio Marín, Edinson Olaya Mancipe, Juan Carlos Wills Ospina, Hernán Darío Cadavid Márquez, Maria Fernanda Carrascal Rojas, Diógenes Quintero Amaya, Alirio Uribe Muñóz, Pedro José Suárez Vacca; y los H.S. Angélica Lozano Correa, Ariel Ávila Martínez, Andrea Padilla Villarraga, Esteban Quintero Cardona, Ana Carolina Espitia Jeréz, Sonia Bernal Sánchez, Esmeralda Hernández Silva, Alejandro Vega Pérez y otra firma ilegible.