Se busca reconocer al Paisaje Cultural Cafetero de Colombia como una zona restringida para actividades mineras, limitando estas únicamente a pequeña, mediana, tradicional o de subsistencia, bajo estrictos requisitos que garanticen la protección del patrimonio cultural y natural.
¿Qué propone el proyecto? Establece un régimen especial de salvaguardia liderado por el Ministerio de las Culturas, con participación de otras entidades y autoridades regionales, e incluye excepciones para minería de materiales de construcción bajo protocolos sostenibles. También prevé un régimen de transición para contratos vigentes y promueve la divulgación ciudadana sobre la importancia de preservar este territorio único.
¿Por qué es importante? El Paisaje Cultural Cafetero no solo representa una región emblemática de Colombia por su producción de café, sino que ha sido reconocido como Patrimonio Cultural de la Humanidad por la UNESCO, gracias a la interacción armoniosa entre la cultura cafetera, el entorno natural y el valor histórico de sus comunidades. Restringir la minería en esta zona protege sus ecosistemas, su identidad cultural, su economía sostenible basada en el café y el turismo, y evita impactos ambientales que podrían destruir su riqueza natural y patrimonial. Además, fortalece el compromiso del país con el desarrollo sostenible y la protección de su herencia cultural.
¿Qué más debes saber? Se busca asegurar la participación de las comunidades locales y étnicas en las decisiones que afecten su territorio, promueve el respeto por la autonomía regional y exige al Estado reglamentar medidas claras para una explotación minera responsable, cuando sea permitida. Además, impulsa la educación y sensibilización ciudadana sobre la importancia de conservar el Paisaje Cultural Cafetero para las futuras generaciones.
Radicado
No. de proyecto en Senado: 003/24
Autores
H.S. Esmeralda Hernández Silva, Richard Fuelantala Delgado, Oscar Barreto Quiroga, Fabián Díaz Plata, Liliana Bitar Castilla, Nadia Blel Scaf, Guido Echeverri Piedrahita, Ana Carolina Espitia Jerez, Isabel Zuleta López, Aída Avella Esquivel, Carlos F. Motoa Solarte, Inti Asprilla, Andrea Padilla Villarraga, Edgar Díaz Contreras, Ariel Ávila Martínez, Imelda Daza Cotes, Jonathan Pulido Hernández, Julián Gallo Cubillos, Humberto De La Calle, Andrés Guerra Hoyos, Jaime Durán Barrera, Ana María Castañeda, Juan Samy Merheg, Juan Pablo Gallo Maya, Pablo Catatumbo Torres, H.R. Alejandro García Ríos, Piedad Correal Rubiano, Juan Carlos Lozada Vargas, Jorge E. Tamayo Marulanda, Julio R. Salazar Perdomo, Carolina Giraldo Botero, Aníbal Hoyos Franco, Santiago Osorio Marín, Sandra B. Aristizábal Saleg, Octavio Cardona León, Martha Alfonso Jurado, Delcy Esperanza Isaza, John E. Pérez Rojas, Juan Sebastián Gómez, Erick Velasco Burbano, Cristian Danilo Avendaño, Juan Carlos Wills, Gabriel Becerra Yañez, Cristóbal Caicedo Angulo, Luis Carlos Ochoa Tobón, Andrés Cancimance López, Jaime R. Salamanca Torres, José Eliécer Salazar, Olga González Correa, Leider A. Vásquez Ochoa, Juan C. Londoño Barrera, Julia Miranda Londoño, Liliana Rodríguez Valencia, Daniel Carvalho Mejía, Jennifer Pedraza Sandoval, Flora Perdomo Andrade, Olga L. Velásquiz Nieto, Hernando González, Wilder Escobar Ortiz, Ermes Pete Vivas, Leyla Rincón Trujillo, James Mosquera Torres, Marelen Castillo Torres, Andrés Jiménez Vargas, Ana R. Monsalve Álvarez, Diego Caicedo Navas, Pedro Baracutao, Lina Garrido Martín, Leonor Palencia, Juana Londoño Jaramillo, Julián López Tenorio, Vladimir Olaya Mancipe, Yenica Acosta, Luis Alberto Albán, María Del Mar Pizarro, Juan F. Corzo Álvarez y otras firmas ilegibles.